Defensoría inicia proceso para elección de representantes de la comunidad del Consejo Nacional de Investigación en Salud

La Defensoría de los Habitantes informa que ya inició el proceso para la elección de aquellas personas interesadas en ser representantes de la comunidad ante el Consejo Nacional de Investigación en Salud ( CONIS ) y cuyos términos de referencia se encuentran publicados en el sitio web www.dhr.go.cr.

Se recuerda a las personas interesadas que el CONIS es un órgano independiente, multidisciplinario, de carácter ético, técnico y científico, adscrito al Ministerio de Salud con un grado de desconcentración máxima, creado con el propósito de garantizar la calidad de las investigaciones y su estricto apego a los derechos humanos. Sus integrantes deberán actuar con absoluta independencia de criterio, evitando en sus decisiones la influencia de intereses políticos y comerciales.

Además, está integrado por siete miembros propietarios, con su respectivo suplente, quienes deberán atender las sesiones en ausencia del miembro propietario y por un período de cinco años. Para el caso del representante de la comunidad el plazo del nombramiento es de 3 años.

En particular, el representante la comunidad debe reunir las siguientes características,
a. La habilidad de un “no experto” para reflejar el sentido común del ciudadano promedio
b. La receptividad para las necesidades de información de una persona razonable.
c. La capacidad de anticipar la aceptación de un hecho o situación por parte de la comunidad.
d. La “empatía”, es decir la capacidad para ponerse en el lugar del otro, captar sus sentimientos y necesidades, comprender sus reacciones, poder contemplar el mundo desde la perspectiva del otro.

Por lo expuesto, el representante de la comunidad debe ser un representante de la problemática de las poblaciones que participan en la investigación con el propósito de defender sus intereses y derechos.
Las personas interesadas en postular su candidatura para ser representante titular y suplente miembro de la comunidad deben cumplir las siguientes condiciones:

a. Ser persona física.
b. Ser representante de intereses comunitarios, valores morales, culturales y sociales, de preferencia, de los grupos de personas que participan en las investigaciones, en especial de grupos vulnerables.
c. Debida demostración de vocación, experiencia, trayectoria y compromiso con la protección de los Derechos Humanos y la Salud Pública.
d. Capacidad de expresar puntos de vista objetivos y representar los intereses de individuos y/o grupos que participan en la investigación biomédica.
e. Demostrar conocimientos mínimos de ética de la investigación biomédica desde el punto de vista académico, laboral o en actividades relacionadas con este tema.
f. Contar con un mínimo de cinco años de experiencia comunitaria (social).
g. Contar preferiblemente, sin que sea requisito esencial, con conocimientos concretos sobre poblaciones específicas como podría ser: lenguaje lesco e indígenas.
h. Se dará preferencia a aquellas personas que no ocupen cargos en la función pública o no los hayan ocupado en los últimos 5 años.
i) Contar con el siguiente perfil: persona razonable, con empatía social, capacidad de anticipar hechos o situaciones, confianza y honestidad.

Las personas interesadas en participar deberán enviar su oferta técnica a la siguiente dirección electrónica Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o bien en caso de imposibilidad de acceso a correo electrónico, podrán presentarse de forma física en la Sede Central de la Defensoría de los Habitantes, sita en Barrio México o bien en las Sedes Regionales ubicadas en San Carlos, Puntarenas, Pérez Zeledón, Ciudad Neily, Limón y Liberia.

La inscripción iniciará a partir del 23 de mayo y finalizará el 06 de junio de 2024. Las ofertas que se reciban fuera de la fecha establecida no serán consideradas dentro del proceso de selección.

Información de acuerdo y términos en los siguientes enlaces:

Acuerdo 2689 - Reglamento para la selección del miembro representante del CONIS.

Términos de referencia - Selección del representante.

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